Con el objetivo de contar con un Registro Único de Servidores Públicos del Estado, los cuales hayan sido sancionados, el diputado Jorge Vera Noyola presentó una iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley de Auditoría Superior del Estado; de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí; de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí; de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí; de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y de los Municipios de San Luis Potosí; y, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí.
Precisa en su exposición de motivos, que debido a que la responsabilidad de los servidores públicos ha sido siempre motivo de preocupación en las sociedades políticas de todos los tiempos, se hace la creación de un Registro Único de Servidores Públicos del Estado que hayan sancionados, el cual permita evitar la selección, contratación, nombramiento o designación de personas que se encuentren inhabilitadas para desempeñar un empleo, cargo o comisión dentro del servicio público.
Indica que en este instrumento se inscribirán, analizarán, actualizarán y publicitarán los datos de las sanciones administrativas impuestas a los funcionarios públicos sujetos a responsabilidad a los actos y omisiones que realicen derivados de sus funciones, por los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; los ayuntamientos, los organismos descentralizados, los organismos constitucionales autónomos, y los fideicomisos públicos, a través del órgano de control interno que les corresponda.
“En ese sentido, resulta conveniente aprovechar los beneficios que otorga el uso de medios remotos de comunicación electrónica para que los órganos de control interno de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los ayuntamientos, los organismos descentralizados, los organismos constitucionales autónomos, y los fideicomisos públicos, para que lleven a cabo la captura, inscripción y actualización del Registro de Servidores Públicos del Estado. Así, se contará con información confiable, oportuna y veraz”.
Añade que en este Registro se inscribirán las sanciones que se impongan a los servidores públicos, los medios de impugnación que hayan hecho valer y que refleje la situación jurídica actualizada que guardan las sanciones, de manera que pueda haber un cruce de información con la Auditoría Superior del Estado, y que pueda llevar a emitir constancias de inhabilitación, de no inhabilitación, de sanción y de no existencia de sanción, respectivamente.
La inscripción de sancione a este Registro Único de Servidores Públicos del Estado deberá contener: el nombre, puesto, cargo o comisión, RFC con homoclave; la fecha de la resolución, número de expediente y de la autoridad sancionadora; datos de la sanción impuesta, periodo de inhabilitación con fecha de inicio y término, así como los montos en los casos que se trate de sanciones económicas.
Además, se establece que las personas que en su caso pretendan ingresar al servicio público, previo al nombramiento o contratación, deberán contar con una constancia de inexistencia de sanciones que emita la Auditoría Superior de Estado.
Esta iniciativa fue turnada para su análisis a las comisiones de Gobernación; Puntos Constitucionales; Justicia; y, Vigilancia.





