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sábado 20 de abril de 2024

Reclusorios de Potemkin

Ante la eventual aprobación al artículo 19 constitucional, que aborda nada más y nada menos, la posibilidad de privar de su libertad a sospechosos sobre […]

Carlos A. Hernández Rivera

Ante la eventual aprobación al artículo 19 constitucional, que aborda nada más y nada menos, la posibilidad de privar de su libertad a sospechosos sobre los ilícitos de corrupción, feminicidio, fraude electoral, abuso sexual en agravio de menores, etc, caben varias precisiones, la primera, esta columna no se avoca al análisis o cálculo político (por ejemplo, que congresos de entidades federadas podrían aprobar la iniciativa o no), más bien, partiremos de las eventualidades que se suscitarían a partir de esta afirmativa, me parece, que esta postura es más prospectiva.

Desde luego, el Derecho a la Presunción de Inocencia es un Derecho Humano consagrado en el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre otros, de tal suerte, que atendiendo al llamado bloque de constitucionalidad, consagrado en el artículo 1 constitucional, extiende los Derechos Humanos a no sólo los enunciados en la Carta Magna, sino, además a los reconocidos en Tratados Internacionales en esta materia a los que México se haya adherido (formalmente son 52 hasta hoy); lo anterior, llevaría a una lectura primaria de concluir que no obstante a la ampliación de la prisión oficiosa por sospecha de ciertos delitos, el Poder Judicial (en un control difuso) optaría por aplicar la presunción de inocencia, no obstante, la Suprema Corte previa al Presidente Obrador (incluyendo a Margarita Luna Ramos y Cossío Díaz), habían sentado precedente, en el sentido, que ante el conflicto entre una norma internacional y una restricción constitucional mexicana prevalecería la última, algo que en mi opinión es bastante cuestionable a la luz de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.

En fin, decía no tiene caso especular sobre una decisión tomada dentro de los márgenes democráticos, más bien, considero es momento de empezar a visualizar los costos y beneficios de esta política criminal, es decir, debemos necesariamente empezar a mirar las flaquezas del Sistema de Readaptación Social, les explicaba a mis alumnos de criminología (en la materia de prevención al delito) que Michel Focault, en Vigilar y Castigar, siempre aconsejó un sistema de clasificación constante para el delito, además, él sostenía que se trataba de una enfermedad social susceptible de cura (si se sigue la receta adecuada).

Sin embargo, la realidad nos dice otra cosa, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha realizado vistas de inspección en distintos sistemas carcelarios latinoamericanos, advirtiendo en casi todos de ellos (México desde luego) que no existen criterios mínimos de clasificación de la población interna, la distribución es caótica, por su parte Human Rights Watch ha denunciado las desproporcionadas cantidades de prisioneros preventivos, aunado, a las deplorables condiciones físicas, carencia de atención médica, el problema del ocio y la inactividad, el tema de las visitas conyugales, no debemos olvidar que un prisionero sigue siendo sujeto de derechos humanos.

Lamentablemente, esta carencia de clasificación entre interno logra el perverso efecto de volverse una verdadera Universidad del Crimen, es por ello, que me vino a la mente un artículo que publiqué para Pulso en 2016, el cual se llama como la columna de hoy, negar la realidad de las cárceles ha sido una historia frecuente, los gobiernos estatales o locales son campeones dentro de esta simulación, presento algunas reflexiones al respecto:

En el siglo XVIII la zarina Catalina, la Grande de Rusia, le encargó a su consejero Grigori Potemkin, la tarea de realizar la construcción de “la nueva Rusia”, éste erigió aldeas de utilería, con fachadas prosperas, para ocultar la pobreza para cuando la emperatriz inspeccionará la obra, no lo percatara; de ahí deviene el termino de aldeas de potemkin, para aludir proyectos fachada que buscan el lucimiento político y ocultan una realidad social. Siglos después en nuestro país, la Comisión de Derechos Humanos en la ciudad de México, inició una investigación ante las denuncias de organizaciones sociales, por el desalojo forzado de indigentes en las zonas aledañas del recorrido papal, a decir de uno de los removidos, se les comunicó por parte de las fuerzas del orden que “vamos a hacer una limpia de la gente de la calle, las vamos a recluir hasta que se vaya el Papa”.

Sin embargo, el embellecimiento de los recorridos viales de la comitiva pontificia no fue el único proyecto del tipo potemkin que advertimos; en el CERESO de Juárez (parte del itinerario papal) se recibió previamente la certificación de la Asociación Americana de Correccionales, por cumplir con los estándares continentales sobre las condiciones de hacinamiento y de nutriología, por ejemplo, cuando un par de años antes, la Comisión Nacional de Derechos Humanos había reprobado a dicho CERESO por las formas en que privaba la reclusión. En verdad, es muy reconfortante que el hacinamiento sea cosa de la historia en Juárez, donde su población de 3006 reos en al área varonil, no sobrepasa la capacidad de 3149 (en el área femenil, las 228 internas no se acercan al cupo de 300); así mismo, escuchar a un recluso decir “no cuesta caro vivir aquí, nos dan el mantenimiento diario, no nos cobran nada”. Aunado a lo anterior, según el vocero de la arquidiócesis de aquél municipio, se estima que el Ayuntamiento erogó del fondo de proyectos municipales aproximadamente 20 millones de pesos para tal recepción de Estado.

Tristemente, contrario a la certificación del reclusorio de Juárez, la realidad penitenciaria mexicana, no es así. Los lamentables sucesos del centro de internamiento llamado Topochico, demuestran lo contrario, más allá de la barbarie de los hechos, testimonios dan cuenta de la sistemática extorción que sufrieron los privados de la libertad, quienes debían pagar entre $1,500 a $5,000.00 semanales, repartibles entre los grupos del crimen organizado que controlaban el penal, para dejarlos “vivir en paz”. Paralelamente a lo anterior, nuestra entidad potosina no se encuentra exenta de esta problemática, pues aún son recientes los eventos del también lamentable motín acontecido el 28 de abril de 2013, en donde perdieron la vida 13 reclusos. La sociedad tiene derecho a conocer la verdad, como una forma de garantizar que no vuelva a suceder, si bien es cierto, el gobierno regio ha imputado a la ex directora del penal de Topochico, también lo es que hay que esperar al veredicto de los jueces que tienen el caso […]

Las y los espero con el gusto de siempre el próximo viernes

carloshernandezyabogados@hotmail.com

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