El importe a pagar por una multa de tránsito para los jornaleros, obreros o trabajadores no deberá exceder un salario mínimo vigente en la entidad, propuso el diputado Manuel Aguilar Acuña, quien luego de presentar una iniciativa ante el pleno del Congreso del Estado, consiguió que se aprobara por unanimidad reformar la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí.
A decir del legislador, la iniciativa surge de una de las demandas más sentidas de la población trabajadora de escasos recursos que posee un modesto vehículo y, generalmente, de modelo antiguo para transportarse o trabajar.
Y es que en muchas ocasiones son asolados por agentes de Tránsito Municipal o policías estatales en funciones de tránsito, que aprovechan el más mínimo incumplimiento con la Ley y el Reglamento en la materia, no sólo para infraccionar, sino para penosamente, en muchas ocasiones, despojarlos ilegítimamente del poco dinero que ganan.
Informó que con esta modificación se dará cabal cumplimiento a lo que señala el artículo 84 en el sentido de que si el infractor fuere jornalero, obrero o trabajador, sólo podrá ser sancionado con una multa que no exceda del importe de un salario mínimo diario vigente en la entidad; en el caso de los trabajadores no asalariados, la multa no excederá del equivalente a un día de su ingreso.
Con esta reforma se establece la obligatoriedad que los elementos de tránsito asienten en la boleta que la infracción respectiva es para un jornalero, obrero, o trabajador.
“Por eso son importantes estas adecuaciones a la ley, para asegurar se dé cabal cumplimiento a lo que establece el artículo 84”, concluyó.





